Doble alivio para muchos empleados: Mirar porno en el trabajo no es motivo suficiente para un despido. Así lo considera el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que declaró improcedente el despido de un trabajador que fue sorprendido mirando pornografía en la oficina, además de ser acusado de masturbarse mientras. Para los magistrados esta conducta no supone una «transgresión de la buena fe contractual grave y culpable» que fundamente acabar con la relación laboral entre empresa y trabajador ya que no queda acreditado su disminución del rendimiento. Como mucho sería una motivación extra en la jornada laboral. | @elmundo