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«Le taparon la cara pero la etiquetaron» jahjahjahjahjahjajajhaa

Multa a un negocio de vestidos de boda por publicar una foto en su perfil de Instagram de una clienta morosa. En una reciente resolución, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha confirmado la sanción de 10.000 euros al considerar que esta conducta constituye una infracción muy grave de la normativa europea sobre privacidad. A pesar de que, en la imagen, la cara de la mujer aparecía tapada para ocultar su identidad, la agencia considera que el negocio vulneró los datos personales de la novia.

Según recoge la resolución, la reclamante acudió a la Agencia para poner una reclamación contra la empresa que le había confeccionado el vestido de novia. Según explicó, el negocio había subido una imagen suya en su perfil de Instagram sin su consentimiento con el objetivo de presionarla para que pagara la prenda. En la publicación, tanto la mujer como el novio tenían la cara cubierta por un círculo negro, un recurso que utilizó la entidad para ocultar su identidad. Sin embargo, sí etiquetó a la mujer en la foto. Al poco de publicarla, la mujer pagó, y la empresa borró la imagen. | @elconfidencial